Buenos Aires, 17 de septiembre de 2015
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“ en los términos del Artículo
10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, el
inmueble sito en Billinghurst N° 1355, correspondiente a la Parcela 10, Manzana 43,
Sección 15.
Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en
el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires..
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, asentarará en la Documentación Catastral
correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación N° 015-043-010 forma parte de la presente ley como
Anexo I.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.357
Sanción: 17/09/2015
Promulgación: De Hecho del 20/10/2015
Publicación: BOCBA N° 4799 del 13/01/2016
El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4799 del 13/01/2016.