LEY N° 1.283
Sanción: 25/03/2004
Promulgación: Decreto Nº 716 del 23/04/2004
Publicación: BOCBA N° 1929 del 28/04/2004
Buenos Aires, 25 de marzo de 2004.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección Estructural con grados de intervención 1 y 2 en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, a la residencia ubicada en la Av. Francisco Bilbao 2384 esquina Robertson, asentada en la Circunscripción 5, Sección 48, Manzana 114 E, Parcela 1..
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado, ubicado en la Av. Francisco Bilbao 2384 esquina Robertson, asentado en la Circunscripción 5, Sección 48, Manzana 114 E, Parcela 1, al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el artículo 1º de esta Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO TALENTO
JUAN MANUEL ALEMANY