LEY N° 1.336
Sanción: 20/05/2004
Promulgación: Decreto Nº 1078 del 22/06/2004
Publicación: BOCBA N° 1969 del 25/06/2004
Buenos Aires, 20 de mayo de 2004.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalóguese, con nivel de protección Cautelar en los términos del artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la calle Magallanes 1140, identificado catastralmente como Circunscripción 4ª, Sección 10ª , Manzana 73, Parcela 4.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo, en el término de treinta (30) días de promulgada la presente, elaborará, de conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Nros. 45.517, BM Nº 19226 y Nº 52.257, BOCBA Nº 127, las normas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º.
Artículo 3 º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY