LEY N° 1.746
Sanción: 28/07/2005
Promulgación: De Hecho del 02/09/2005
Publicación: BOCBA N° 2277 del 16/09/2005
Buenos Aires, 28 de julio de 2005.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Desaféctase el punto 1.9 del artículo 2° de la Ley N° 626, que establece la protección edilicia de la Fachada oeste del Taller General de Reparaciones (4084) catalogado como protección estructural con grado de intervención 2, localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres de Liniers.
Artículo 2°.- Catalógase el edificio localizado en los terrenos que forman parte del polígono II de los Talleres Liniers y que se extiende desde la proyección imaginaria de la calle Oliden al oeste, AU6 al norte, la proyección imaginaria de la calle Bedoya al este hasta la implantación del tanque de agua y un límite a 45° hasta la AU6 y las vías del ex - ferrocarril Sarmiento al sur, con el nivel de protección edilicia y ambiental que a continuación se detalla:
A.- Protección Edilicia:
A.1.- Protección Estructural:
1- Taller General de Reparaciones de Locomotoras, Fundición, Herrería, Calderas, Hojalatería y de Ajuste (4084). Grado de intervención: 2
B.- Protección Ambiental:
Una vez transferido el terreno al dominio del Gobierno de la Ciudad y zonificada el área, se establecerá una protección ambiental al entorno inmediato del edificio anteriormente mencionado.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY