Buenos Aires, 17 de julio de 2008.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Estructural” en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Sarmiento 1374, Parcela 15, Manzana 37, Sección 5, originalmente perteneciente a la “Societá Unione Operai Italiani”.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1º en la Documentación Catastral correspondiente.
Artículo 4º.- La Ficha de Catalogación Nº 5-37-15 constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en el BOCBA N° 2996 del 20/08/2008