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Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación


Buenos Aires, 14 de agosto de 2008.-


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley


Artículo 1°.- Catalóguese con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Bartolomé Mitre 523, 531 y 559, Parcela 011B, Manzana 026, Sección 1, Circunscripción 14.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, deberá asentar la catalogación establecida por el artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Artículo 4°.- La ficha de catalogación N° 1-26-11b a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

Artículo 1°.- Catalóguese con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Bartolomé Mitre 523, 531 y 559, Parcela 011B, Manzana 026, Sección 1, Circunscripción 14.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, deberá asentar la catalogación establecida por el artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Artículo 4°.- La ficha de catalogación N° 1-26-11b a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.


DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ

Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA Nº 3019 del 22/09/2008.



 


 

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