Buenos Aires, 06 de agosto de 2009.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Estructural” en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble denominado “Ex Chalet de la Cruz Roja”, sito en Avenida de los Italianos esquina Azucena Villaflor, asentado en la circunscripción 21, sección 98, manzana 61, parcela 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3“Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación N° 98-61-1 constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
JUAN MANUEL OLMOS
CARLOS PÉREZ
Nota: El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3259 del 16/09/2009