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Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación


LEY N° 3.820

Sanción: 02/06/2011

Promulgación: De Hecho del 28/06/2011

Publicación: BOCBA N° 3704 del 13/07/2011

                                                        Buenos Aires, 02 de junio de 2011.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección Cautelar, en los términos del Art. 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles consignados a continuación:

DIRECCIÓN

SECCIÓN

MANZANA

PARCELA

Malasia 832

23

15B

3

Malasia 851

23

15A

20

Malasia 854

23

15B

6

Malasia 869

23

15A

18

Malasia 879

23

15A

16

Malasia 880

23

15B

9

Malasia 881

23

15A

15

Malasia 887

23

15A

14

Malasia 841

23

15A

22

Artículo 2º.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1º al catálogo previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar las catalogaciones establecidas en el Art. 1º en la Documentación Catastral correspondiente.

Artículo 4º.- Las Fichas de Catalogación Nº 23-15b-003, 23-15a-020, 23-15a-018, 23-15a-016, 23-15b-009, 23-15a-015, 23-15a-014 y 23-15a-022 forman parte de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ



 


 

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