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Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación


 

Buenos Aires, 03 de noviembre de 2011.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“ en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la Avenida Triunvirato 4802, asentado en la Parcela 014A, Manzana 112, Sección 63, donde funciona la sucursal Villa Urquiza del Banco Nación.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo procederá a asentar la catalogación establecida, por el Artículo 1°, en las respectivas fichas parcelarias y planchetas catastrales.

Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación N° 63-112-014ª forma parte de la presente ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

PABLO SCHILLAGI

LEY N° 3.988

Sanción: 03/11/2011

Promulgación: Decreto Nº 616/011del 30/11/2011

Publicación: BOCBA N° 3809 del 13/12/2011



 


 

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