Buenos Aires, 22 de setiembre de 2011.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3. Catalogación, del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la Av. Independencia N° 3051/3065, Nomenclatura Catastral: Parcela 016A, Manzana 042, Sección 28.
Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados, correspondiente al Artículo 10.3. "Catalogación", del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Asiéntese en la Documentación Catastral correspondiente la catalogación establecida en el artículo 1°.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación N° 28-042-016a constituye el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
JULIO RAFFO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 3.913
Sanción: 22/09/2011
Promulgación: Decreto N° 544/011 del 17/10/2011
Publicación: BOCBA N° 3777 del 26/10/2011
JULIO RAFFO
PABLO SCHILLAGI