Buenos Aires, 06 de octubre de 2011.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar” en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la Av. Monroe 5114-20 y Triunvirato 4660-72, Parcela 002A, Manzana 049, Sección 51.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1º en la Documentación Catastral correspondiente.
Artículo 4º.- La Ficha de Catalogación Nº 51-049-002A forma parte de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 3.935
Sanción: 06/10/2011
Promulgación: De Hecho del 07/11/2011
Publicación: BOCBA N° 3797 del 23/11/2011