Buenos Aires, 27 de septiembre de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Sarmiento 2130, Parcela 003a, Manzana 052, Sección 09.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Artículo 4º.- La Ficha de Catalogación Nº 9-52-3a forma parte de la presente Ley como Anexo l.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
MARÍA EUGENIA VIDAL
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.314
Sanción: 27/09/2012
Promulgación: Decreto Nº 517 del 23/10/2012
Publicación: BOCBA N° 4030 del 05/11/2012