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Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación


LEY Nº 5116/14

Publicada en el BOCBA Nº 4527 del 20/11/2014

Buenos Aires, 23 de octubre de 2014


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Catalóganse con sus correspondientes Niveles de Protección en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, a los inmuebles listados a continuacion:

Calle: Av. Santa Fe N° Puerta: 5207 - Sección: 23 - Manzana 003B - Parcela: 007 -Nivel de Protección: Cautelar

Calle: Dr. E. Ravignani N° Puerta: 2430 - Sección: 23 - Manzana 003 B - Parcela: 008 - Nivel de Protección: Cautelar

Calle: Dr. E. Ravignani N° Puerta: 2440 - Sección: 23 - Manzana 003B - Parcela: 009 - Nivel de Protección: Cautelar

Calle: Dr. E. Ravignani N° Puerta: 2538/42 - Sección: 23 - Manzana 003A Parcela: 004 - Nivel de Protección: Cautelar

Calle:Dr. E. Ravignani N° Puerta: 2465 - Sección: 23 - Manzana 002 - Parcela: 023 - Nivel de Protección: Cautelar

Calle: Dr. E. Ravignani N° Puerta: 2451- Sección: 23 - Manzana 002 -Parcela: 024 - Nivel de Protección: Cautelar

Artículo2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Artículo 4°.- Las fichas de Catalogación N° 23-003b-007, 23-003b-008, 23-003b- 009, 23- 003a-004, 23-002-023 y 23-002-024 forman parte de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

Ritondo - Schillagi

Anexo publicado en la separata del BOCBA Nº 4527 del 20/11/2014.



 


 

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