LEY Nº 5118/14
Publicada en el BOCBA Nº 4527 del 20/11/2014
Buenos Aires, 23 de octubre de 2014
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble sito en la calle San Pedro 5845 asentado catastralmente en la Sección 62, Manzana 05, Parcela 28, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentacion Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Articulo 1°.
Artículo 4°.- La Ficha de Catalogación N° 62-005-028 forma parte de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
Ritondo - Shillagi
Anexo publicado en la separata del BOCBA Nº 4527 del 20/11/2014.