Buenos Aires, 23 de octubre de 2014
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección “Estructural“ en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble sito en la calle Cap Gral Ramón Freire N° 3035/3055/3065/3075, Nomenclatura Catastral: Sección 041, Manzana 077, Parcela 013c, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Artículo 4 º.- La Ficha de Catalogación N° 041-077-013c forma parte de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 5.117
Sanción: 23/10/2014
Promulgación: De Hecho del 21/11/2014
Publicación: BOCBA N° 4541 del 12/12/2014
El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4541 del 12/12/2014