Domingo 24 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos

Inicio - Planeamiento Urbano y Edificación - Acordadas CoPUA - (Acord.CoPUA)
 
Acordadas CoPUA
(Acord.CoPUA)


ACUERDO Nº 265-COPUA-2003

 

 

Visto las previsiones de la Ley  Nº 449 en lo referente al punto 7.2. “De las tramitaciones” del articulo 5.4.12. “Áreas de Protección Histórica” del Código de Planeamiento Urbano y

CONSIDERANDO

Que el movimiento de actuaciones en el área Supervisión Patrimonio Urbano es del

orden de las mil doscientas anuales.

Que dichas actuaciones comprenden en su mayoría:

1  Obras cuyas características no afectan morfológica y/o tipologicamente, el paisaje urbano.

1  Visados para trabajos de restauración y pinturas de fachadas.

2  Visados de esquemas de publicidad y toldos en locales comerciales

3  Solicitud de permisos de ocupación de via pública con mesas y sillas.

4  Que la resolución de dichos trámites remite a la aplicación directa de los

normado en el Código de Planeamiento Urbano con interpretaciones que no afectan al paisaje urbano.Y teniendo en cuenta que se desea  propiciar una gestión ágil que beneficie a quienes intervienen en la mejora de la ciudad.

Por ello,LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DEL PLAN URBANO AMBIENTAL

ACUERDAN:

1º: Delegar el tratamiento a la DGPEeIU de los siguientes temas

Avisos de obra en general.

Ej.: Limpieza de frentes, restauración de revoques o partes componentes de fachada.

Pintura. Cambios de pisos. Tareas de reacondicionamiento interior.

Permisos de obra: Edificios catalogados: Obras que estén contenidas en los grados de intervención 1,2 y obras que comprenden grados 3 y 4 de escala menor.

Edificios no catalogados:  aquellas que no afecten al espacio público.

Obras en Areas de Protección Histórica no reglamentadas bajo parte cubierta.

Ej. Rehabilitación de una casa chorizo, reacondicionamiento de locales comerciales.

REFERENTE A USOS:

Rubros de cualquier Agrupamiento, que en el Cuadro de Usos correspondiente  del

CPU, se encuentren expresamente consignados y resulten Permitidos o No Permitidos.

Rubros que de acuerdo a la Ley 123 resulten de Bajo Impacto.

REFERENTE A ELEMENTOS DEL ESPACIO PUBLICO

Colocación de toldos, publicidad, marquesinas, cambios de solados.

Ej.: Letras sueltas. Carteles de chapa calada entre vanos. Cartel frontal inscripto en

ancho de vanos. Carteles pintados sobre vidrio, sin superar la superficie máxima,

toldos rebatibles, REFERENTE A OCUPACION EN LA VIA PUBLICA:

Solicitudes para ocupar la acera con mesas y sillas, que se ajusten a lo dispuesto en el Capítulo 11.8 “Colocación de mesas y sillas en las aceras”, del Código de

Habilitaciones y Verificaciones y a lo que expresamente dispongan en la materia las

respectivas normas de los distintos Distritos APH.

Arq. Héctor Aizpurú

Consejero CoPUA

Arq. Luis Cabillón

Consejero CoPUA

Arq. Ricardo Capurro Zanandrea

Consejero CoPUA

Arq. Carlos Cassano

Consejero CoPUA

Arq. Ruben Gazzoli

Consejero CoPUA

Arq. Manuel Ludueña

Consejero CoPUA

Arq. Néstor Magariños

Consejero CoPUA

Arq. Bárbara Rossen

Consejera CoPUA

Arq. Rafael Serrano

Consejero CoPUA

 

NOTA Nº  - DGPeIU - 2002

                                                                      

MOTIVO; S/ Tramitaciones en Distritos Área de Protección Histórica

SEÑORES CONSEJO ASESOR DE PLANIFICACION URBANA

1 Con la finalidad de agilizar el trámite de las actuaciones referidas a

solicitudes de localización de uso y avisos de obra en Áreas de Protección Histórica, que no requieren del dictado de la correspondiente Disposición y en aquellos casos que del estado mismo de la presentación surja inequívocamente que procede su aprobación o no, se eleva a su consideración un listado de casos en que dicho criterio resulta a nuestro juicio pertinente.

2. De coincidir ese Organismo con lo allí sustentado, solicitamos se autorice a

esta Dirección General a proceder en consecuencia.

3. Con lo expuesto, se eleva a su consideración



 


 

www.ciudadyderechos.org.ar