DECRETO Nº 172/GCABA/02
Publicado en BOCBA 1387 del 22/02/2002
Buenos Aires, 13 de febrero de 2002
Visto la prórroga del Presupuesto 2001 por aplicación del artículo 53 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
CONSIDERANDO:
Que el evento previsto en el artículo 53 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está regulado por el artículo 51 de la Ley N° 70, donde se establece el alcance de las modificaciones que el Poder Ejecutivo debe introducir en el Presupuesto correspondiente al ejercicio anterior;
Que, en tal contexto, conviene disponer de la normativa adecuada para la mejor ejecución de los créditos prorrogados, para lo cual corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto Prorrogado 2001;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°- Apruébase la normativa que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto bajo la denominación Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto Prorrogado 2001.
Artículo 2°- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el Señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3°-Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Secretarías y Subsecretarías dependientes del Jefe de Gobierno y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.
El anexo del presente Decreto se encuentra publicado en el BOCBA 1387 del 22/02/2002.