DECRETO Nº 1627/98
Publicado en BOCBA 455 del 10/9/1998
Buenos Aires, 20 de agosto de 1998
Visto el Expediente N° 51.965-98, por el cual se propicia un ajuste del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigor, y
CONSIDERANDO:
Que por el dictado del Decreto N° 1.073-GCBA-98 y su modificatorio Decreto N° 1.371-GCBA-98, a su vez modificado por Decreto N° 1.443-GCBA-98 se aprobó la actualización de la estructura organizativa y objetivos de la Secretaría de Hacienda Y Finanzas, incorporando la Secretaría de Industria, Comercio, Turismo y Empleo en el marco de la organización del Estado de la Ciudad de Buenos Aires;
Que para posibilitar que su funcionamiento tenga los elementos tanto humanos como materiales, deben adecuarse las autorizaciones crediticias adaptándolas para permitir el normal funcionamiento de los organismos involucrados, dotándolos de los medios y de la ubicación programática correspondiente, manteniendo el correlato que debe existir entre el esquema presupuestado y la organización funcional existente;
Que los incrementos propuestos no implican un aumento del monto total de los créditos del presupuesto en vigor, dado que los mismos son compensados mediante la correlativa disminución de obras partidas del mismo;
Que procede aplicar lo determinado por la Cláusula Transitoria 10 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la cual se establece que el Jefe de Gobierno podrá designar a sus Ministros y atribuirles las respectivas competencias hasta tanto se dicte la Ley de Ministerios; ello debido a que aún no se han cumplimentado los parámetros establecidos en el artículo 100 de dicha Constitución;
Que por la causa precedentemente expuesta, la presente gestión se efectúa de conformidad con las facultades emandas del artículo 13 de las Normas Permanentes de Ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aprobadas por la Ordenanza N° 43.311 y sus modificatorias;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme al detalle obrante en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Recursos Humanos, cumplido, archívese por el término de cinco años.