Buenos Aires, 27 de junio de 2013
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas a la presente Ley las cuales, a todos sus efectos, forman parte integrante de la misma.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo efectuará las readecuaciones crediticias que resulten necesarias a los fines de la implementación de la presente ley, las que quedan excluidas de la limitación porcentual establecida por el Art. 23 de la Ley 4471.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.618
Sanción: 27/06/2013
Promulgación: Decreto Nº 286/013 del 12/07/2013
Publicación: BOCBA N° 4193 del 15/07/2013
Las Planillas Anexas publicadas en la Separata del BOCBA N° 4193 del 15/07/2013