Martes 19 de marzo de 2024   
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Inicio - Sistema Institucional y Político - Poder Legislativo
 
Poder Legislativo


Artículo Nº 68 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Poder Legislativo es ejercido por una Legislatura compuesta por sesenta diputados o diputadas, cuyo número puede aumentarse en proporción al crecimiento de la población y por ley aprobada por dos tercios de sus miembros, vigente a partir de los dos años de su sanción.



 

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