LEY N° 2.635
La C.A.B.A. adhiere a los términos del Decreto N° 966-PEN/05 "Régimen Nacional de Iniciativa Privada"
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2007.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Artículo 1° - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes autárquicos y descentralizados, adhieren a los términos del Decreto N° 966/05 del Poder Ejecutivo Nacional ("Régimen Nacional de Iniciativa Privada").
Artículo 2° - El Ministerio de Desarrollo Económico será la autoridad de aplicación de la presente ley, en el ámbito del Poder Ejecutivo, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias.
Artículo 3° - Comuníquese. Olmos - Perez
BOCABA N° 2853 del 18-1-2008