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Inicio - Sistema Institucional y Político - Poder Ejecutivo - Gestión y Estructura
 
Poder Ejecutivo
Gestión y Estructura

LEY N° 2.751
Se adhiere a la Ley Nacional N° 25.506

Buenos Aires, 12 de junio de 2008.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley

Artículo 1°.- Adhiérese a la Ley Nacional N° 25.506 (B:O: 14/12/01) de Firma Digital conforme lo establece su artículo 50°.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe dictar las normas reglamentarias y los actos administrativos tendientes a la implementación de la Ley Nacional N° 25.506 y la creación de la Infraestructura de Firma Digital en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Art 3°.- La Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la Autoridad de Aplicación de la presente ley.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Santilli – Pérez


 

 




 

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