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Poder Judicial
Tribunal Superior

ACORDADA N° 13 - TSJ/08
Se determina remuneración de los Ministros del Tribunal Superior de Justicia de la C.A.B.A.

Buenos Aires, 23 de abril de 2008.

Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su Presidente, José Osvaldo Casás, las señoras Juezas y los señores Jueces, Ana María Conde, Luis Francisco Lozano, y Alicia E. C. Ruiz, y

CONSIDERAN:

Conforme lo estableció la Ley N° 2.080, "el Tribunal Superior de Justicia fijará la remuneración de sus integrantes, la cual no podrá superar en más de un treinta por ciento (30%) a la que corresponda a un Juez de Cámara de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Por la Acordada N° 12/06, se estableció como criterio para los Ministros del Tribunal Superior de Justicia, la percepción como sueldo básico de un haber superior en un 29,26% al correspondiente al de los Jueces o Juezas de las Cámaras de Apelaciones de la Ciudad;
La Resolución N° 213 del 8 de abril de 2008 del Consejo de la Magistratura, dispuso en su artículo 2° un incremento remunerativo del diez por ciento (10%) retroactivo al día 1° de enero de 2008 y de un diez por ciento (10%) a partir del 1° de septiembre de 2008, en el salario de todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, el artículo 3° estableció el salario de referencia -correspondiente a Jueza o Juez de Cámara de Apelaciones- en diez mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos con setenta y cinco centavos ($ 10.447,75), a partir del 1° de abril de 2008;
El incremento del primer diez por ciento (10%) para todo el personal del Tribunal en la Acordada N° 10/08, se aplica desde el mes de abril. En consecuencia igual criterio regirá para las remuneraciones de los señores Jueces del Tribunal;
En cuanto a la segunda recomposición del diez por ciento (10%), visto lo ordenado en la Acordada N° 12/06 del Tribunal Superior de Justicia y la Resolución N° 213/08 del Consejo de la Magistratura, se efectivizará a partir del 1° de septiembre de 2008;
Que, con estos antecedentes y en cumplimiento de la Ley N° 2.080, corresponde practicar el reajuste correspondiente y establecer el salario básico de las Juezas y Jueces del Tribunal;
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad, los Jueces del Tribunal Superior de Justicia,

ACUERDAN:

1° - Fijar la remuneración de los señores Ministros del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -en lo que respecta a su sueldo básico- en la suma de trece mil quinientos cuatro pesos con setenta y seis centavos ($ 13.504,76), a partir del 1° de abril de 2008; y en la suma de catorce mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con veinticuatro centavos ($ 14.855,24), a partir del 1° de septiembre de 2008.
2° - Mandar se registre, se dé a la Dirección General de Administración para que su instrumentación y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Juez Julio B. J. Maier no firma la presente por hallarse, el día de la fecha, en uso de licencia.
Firmado: José O. Casás (Presidente), Ana María Conde (Vicepresidenta), Luis Francisco Lozano (Juez), Alicia E. C. Ruiz (Jueza).

 





 

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