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Inicio - Sistema Institucional y Político - Poder Legislativo - Edificio
 
Poder Legislativo
Edificio

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Facúltese a la Vicepresidencia Primera de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a ampliar el “Fondo de Preservación, Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, creado por Ley 1444 para completar la reparación y puesta en valor del edificio de la Legislatura, con el excedente presupuestario del ejercicio 2015, por un monto de $15.991.026,54.- (quince millones novecientos noventa y un mil veintiséis pesos, cincuenta y cuatro centavos).

Artículo 2°.- Determinado que sea el excedente presupuestario, conforme el balance ejercicio 2015, la Vicepresidencia Primera autorizará a la Comisión de Preservación, Reparación y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectuar la ampliación del contrato de Fideicomiso vigente.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias emergentes de la presente Ley.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

CARMEN POLLEDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.507

Sanción: 31/03/2016

Promulgación: Decreto Nº 257 del 12/04/2016

Publicación: BOCBA N° 4860 del 13/04/2016




 

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