Resolución CABA Nº: 101 / 2015 |
Publicado en el B.O. CABA Nº 4598 el
13-03-2015 |
Resol. Poder de policía. Selección de postulantes. Sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Convocatoria |
RESOLUCIÓN N.° 101/SECGCYAC/15
Buenos Aires, 10 de marzo de 2015
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nº 1.777 y N° 4.013, el Decreto Nº 453/12, las Resoluciones Nº 492-SECGCYAC/12 y N° RESOL- 2014-10-SECGCYAC y el Expediente Electrónico N° EE-2015-2190132-MGEYA SSDPCIU
CONSIDERANDO
Que el Artículo 128 apartado segundo de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su parte pertinente, dispuso que las Comunas ejercen en forma concurrente "...el ejercicio del poder de policía en el ámbito de la Comuna..."
Que la Ley N° 1.777 fijó en su Artículo 11 entre las competencias concurrentes de las Comunas de la Ciudad "la fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos..."
Que la Ley Nº 4.013 estableció entre las Secretarías dependientes del Jefe de Gobierno, a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, la cual tiene entre sus competencias coordinar e implementar el proceso de descentralización según lo establecido por la Ley Nº 1.777, como así también, entender en el diseño de las políticas tendientes a mantener el espacio público por aplicación de la Ley anteriormente referida
Que por medio del Decreto Nº 453/12 se delegó en las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley N° 1.777
Que asimismo, a través del Artículo 2º del Decreto anteriormente citado, se aprobó el régimen de selección y capacitación aplicable a los postulantes a ejercer el mencionado poder de policía en cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando el mismo en el Anexo I del Decreto mencionado; Que dicho régimen de selección y capacitación dispuso que los postulantes serán invitados a participar a través de una convocatoria dirigida a todos los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo los requisitos para la presentación de los mismos y el procedimiento de selección de los agentes en cuestión
Que el Artículo 1º del Anexo del Decreto Nº 453/12 dispone que la convocatoria en cuestión será efectuada por esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Que mediante las Resoluciones Nº 492-SECGCYAC/12 y N° RESOL-2014-10- SECGCYAC se estableció la convocatoria mencionada en los términos del Decreto N° 453/12
Que sin perjuicio de lo expuesto, a los fines de cumplir cabalmente con lo dispuesto por el mandato constitucional, la Ley N° 1.777 y la delegación efectuada por el Decreto
N° 453/12, resulta necesario el dictado de la norma que establezca un nuevo llamado a convocatoria a los agentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para ejercer el poder de policía en los términos del citado Decreto.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 32 de la Ley Nº 4.013 y el Artículo 1º del Anexo del Decreto N° 453/12, EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA
RESUELVE
Artículo 1º.- Convócase a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la selección de postulantes para ejercer el poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual se sustanciará de conformidad con lo dispuesto en el Anexo del Decreto N° 453/12.
Artículo 2°.- Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones para la convocatoria dispuesta por el Artículo 1° (Informe Nº IF-2015-03671569- -DGTALCIU) , que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Los postulantes a la presente convocatoria deberán cumplir, en todos los casos, los requisitos establecidos por el Artículo 3° del Anexo del Decreto Nº 453/12.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese por veinte (20) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un diario de masiva circulación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por cinco (5) días. Cumplido archívese.
Macchiavelli
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