DECRETO N° 621
Acepta renuncia y designa vocal titular del Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E.
Buenos Aires, 30 de mayo de 2006.
Visto el Expediente N° 28.151/06, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Walter Néstor Gauthier, DNI 12.114.244, CUIL
23-12114244-9, presentó su renuncia al cargo de Vocal Titular, del Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E., dependiente del Ministerio de Producción;
Que por lo expuesto dicho cargo se encuentra vacante;
Que por la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), promulgada por Decreto N° 328/06, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publicada en fecha 28 de marzo de 2006;
Que posteriormente por Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en consecuencia el Ministro de Producción, solicita se designe a la señora Ester Julia Gumersinda Iglesias, DNI 16.977.539, CUIL 27-16977539-2, Ficha N° 283.821, como Vocal Titular, del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Acéptase la renuncia presentada por el señor Walter Néstor Gauthier, DNI 12.114.244, CUIL 23-12114244-9, al cargo de Vocal Titular, del Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E., dependiente del Ministerio de Producción.
Artículo 2° - Desígnase a la señora Ester Julia Gumersinda Iglesias, DNI 16.977.539, CUIL 27-16977539-2, Ficha N° 283.821, como Vocal Titular, del Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E., del Ministerio de Producción, reteniendo sin percepción de haberes la partida 3025.0020.A.A.04.0080.466, de la Dirección General de Obras Públicas, del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Producción y Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. TELERMAN - Rodríguez - Selzer