DECRETO N° 867
Se acepta cesión gratuita de inmueble efectuada por el IVC
Buenos Aires, 20 de junio de 2007.
Visto el Expediente N° 84.752/06, y
CONSIDERANDO:
Que la entonces Secretaría de Educación a través de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, puso en conocimiento la necesidad de que se le transfiera sin cargo el bien inmueble ubicado en la calle Berón de Astrada 5920 y avenida Cafayate 5388 para dar cumplimiento con los fines propios a la actividad educativa, dado que funciona allí la Escuela N° 9, D.E. 21;
Que por tal motivo requirió al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, titular de dominio del inmueble mencionado identificado catastralmente como Circunscripción: 1; Sección: 82; Manzana: 73 G; Fracción: B, la transferencia del mismo con destino al Ministerio de Educación;
Que el artículo 6° de la Ley N° 1.251 faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública;
Que conforme el Acta de Directorio N° 1.753 celebrada en fecha 29/11/04, el citado Instituto cedió el predio en forma gratuita a este Gobierno modificándose posteriormente la misma, en cuanto se refiere a la inscripción dominial del bien cedido, por Acta N° 2.216 de fecha 28/11/06;
Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde autorizar a la Subsecretaría de Escribanía General a realizar todas las acciones tendientes para regularizar la situación dominial del inmueble mencionado, inscribiéndolo a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la Propiedad Inmueble;
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104, incs. 16 y 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Acéptase la cesión gratuita del inmueble sito en la calle Berón de Astrada 5920 y avenida Cafayate 5388 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1; Sección: 82; Manzana: 73 G; Fracción B) efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino al Ministerio de Educación.
Artículo 2° - Autorízase a la Subsecretaría de Escribanía General a instrumentar la transferencia de dominio mediante escritura pública y/o documento administrativo (conf. Ley N° 17.801, art. 3°, inc. a) y a inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Planeamiento y Obras Públicas, de Educación y de Hacienda.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Planeamiento y Obras Públicas y de Educación, a la Dirección General de Contaduría y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Escribanía General. Cumplido, archívese. TELERMAN - Schiavi - Clement - Beros
BOCABA Nº 2713 27-6-2007